Salario, honorarios o dividendo: cada canal liquidado en la sociedad y en el dueño, con su carga total y el valor que queda; la mejor mezcla, la misma utilidad como persona natural, el valor presente de diferir el dividendo y los límites de la ley. Sobre el dueño de Abastos o sobre tu caso. Liquida y explica; no asesora.
La carga más baja sin advertencia jurídica
$ 92.909.534
Todo por salario
Todo por salario: carga total
$ 92.909.534
32,1% de la utilidad
Todo por dividendos: carga total
$ 130.470.763
45,1% de la utilidad
Valor para el dueño con la mejor opción
$ 196.128.880
en su bolsillo o retenido en la sociedad
| Canal | Deducible en la sociedad | Impuesto de la sociedad | Seguridad social | Impuesto del dueño | Carga total | Valor para el dueño |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Todo por salario | $ 170.342.292 | $ 47.392.323 | $ 31.423.296 | $ 14.093.915 | $ 92.909.534 32,1% | $ 196.128.880 |
| Todo por honorarioscon advertencia jurídica | $ 150.000.000 | $ 54.512.126 | $ 17.413.200 | $ 15.176.492 | $ 87.101.818 30,1% | $ 201.936.596 |
| Todo por dividendos | $ 0 | $ 107.012.126 | $ 17.100.000 | $ 6.358.637descuento de $ 18.186.627 | $ 130.470.763 45,1% | $ 158.567.651 |
| La mejor mezcla de salario y dividendo100% por salario | $ 170.342.292 | $ 47.392.323 | $ 31.423.296 | $ 14.093.915 | $ 92.909.534 32,1% | $ 196.128.880 |
Todo por honorarios: Si el dueño gerente cumple horario, recibe órdenes y presta el servicio en persona, hay contrato de trabajo aunque facture: la primacía de la realidad recalifica los honorarios como salario, con aportes, prestaciones y sanciones, y la deducción puede caerse.
La carga total baja o sube según la fracción del retiro que sale por salario; el mínimo está con 100% por salario y el resto por dividendo: $ 92.909.534.
La misma utilidad como persona natural
$ 113.067.595
renta del dueño $ 78.961.063 (marginal 33%) más cotización sobre el 40 % $ 34.106.532
Como sociedad, con el mejor canal
$ 92.909.534
Todo por salario
La comparación es solo tributaria y de seguridad social: la responsabilidad limitada, el acceso a crédito y la venta futura de la empresa no están en el número.
Repartir hoy o dentro de 3 años
El impuesto del dueño atribuible al dividendo es $ 6.358.637 hoy; si la sociedad retiene la utilidad y reparte dentro de 3 años, ese impuesto vale $ 4.525.952 en pesos de hoy a la tasa del caso: $ 1.832.685 menos. El 35 % de la sociedad ya se pagó y no cambia; la utilidad retenida sigue en la empresa.
Beneficio de auditoría como opción
Con el mejor canal el impuesto neto del dueño ($ 14.093.915) frente al año anterior ($ 32.994.940) cambia -57%: no alcanza el 25 % de crecimiento que pide el beneficio, así que la firmeza sigue siendo la general de tres años. Planear a la baja tiene ese precio.
El dueño de Abastos: salario, honorarios o dividendo
El dueño de Abastos, año gravable 2025: la sociedad gana 289.038.414 antes de remunerarlo y él quiere retirar 150.000.000 al año. Otras rentas del dueño: 58.500.000 de arriendos con 6.500.000 de costos. El escenario de margen, el retiro, la cotización sobre dividendos y la tasa de descuento son supuestos del caso.
Reglas a la fecha 2025-12-31: cada renglón cita la suya; pulsa el artículo para ver la fuente y su vigencia.
1.Utilidad de la sociedad antes de la remuneración del dueño
Utilidad contable del escenario más el costo del gerente, que es el dueño; diferencias permanentes de 16.710.516.
2.Retiro del dueño en el año (lo que recibe bruto)
Supuesto del caso: la misma suma por cualquier canal; salario más prestaciones, honorarios o dividendos.
3.Todo por salario: gasto deducible en la sociedad
Salario, auxilio y prestaciones (150.000.012) más aportes del empleador (20.342.280, con la exoneración del 114-1).
4.Todo por salario: impuesto de la sociedad
35 % × renta líquida de 135.406.638 (utilidad menos el gasto más las diferencias permanentes).
5.Todo por salario: seguridad social (empleador y dueño)
Aportes del empleador 20.342.280 más los del trabajador 11.081.016 (salud 4 %, pensión 4 % y fondo de solidaridad).
6.Todo por salario: impuesto de renta del dueño
Salario y prestaciones gravadas (cesantías exentas 11.487.324) más sus otras rentas, menos aportes, 25 % exento y deducciones dentro del límite; tabla del 241 (marginal 28 %).
7.Todo por salario: carga total (impuestos más seguridad social)
47.392.323 + 14.093.915 + 31.423.296.
8.Todo por dividendos: impuesto de la sociedad
35 % × renta líquida de 305.748.930: nada se deduce; la utilidad máxima no gravada es 198.736.804.
9.Todo por dividendos: descuento del 19 % sobre lo que supera 1.090 UVT
19 % × (150.000.000 − 1.090 × 49.799), limitado al impuesto.
10.Todo por dividendos: impuesto de renta del dueño
El dividendo se suma a la cédula general con sus otras rentas y paga con la tabla del 241, menos el descuento.
11.Todo por dividendos: impuestos totales (sociedad más dueño)
107.012.126 + 0 + 6.358.637.
12.Todo por dividendos: carga total (con la cotización del rentista)
Impuestos 113.370.763 más salud y pensión sobre el 40 % del dividendo (17.100.000).
13.Todo por honorarios: carga total
Deducible en la sociedad sin aportes del empleador; el dueño cotiza sobre el 40 % (17.413.200) y toma el 25 % exento; impuestos 69.688.618. Riesgo: contrato realidad.
14.La mejor mezcla: fracción del retiro por salario
Se recorre de 0 a 100 % en pasos de 5 %; el resto sale por dividendo. Carga total de la mezcla: 92.909.534.
15.Carga total del mejor canal sin advertencia jurídica (todo por salario)
Entre salario, dividendos y la mezcla; los honorarios al dueño gerente cargan el riesgo del contrato realidad. Valor para el dueño: 196.128.880.
16.La misma utilidad como persona natural: carga total
Toda la utilidad en la cédula general del dueño (tabla del 241, marginal 33 %) más su cotización sobre el 40 %; sin el 35 % de la sociedad ni segunda tributación.
17.Diferir el dividendo 3 años: valor presente del impuesto del dueño
Impuesto atribuible al dividendo hoy 6.358.637 ÷ (1 + 12 %)^3; la sociedad ya pagó su 35 %.
Liquidación simulada con fines educativos sobre un caso ficticio; no es una declaración ni asesoría tributaria. Aviso legal
Cláusula general antiabuso
Elegir entre salario, honorarios y dividendos, o entre sociedad y persona natural, es planeación legítima mientras la forma coincida con la realidad y tenga un propósito económico; un acto artificioso cuyo único fin sea el provecho tributario es abuso y la DIAN puede recaracterizarlo.
Primacía de la realidad
Un gerente que en realidad es trabajador (servicio personal, subordinación, remuneración) tiene contrato de trabajo aunque facture honorarios: la primacía de la realidad prevalece sobre el papel.
Supuestos del caso: escenario de margen del 32% (curso B1), retiro de $ 150.000.000, cotización del rentista sobre los dividendos, tasa de descuento del 12% y 3 años de diferimiento; el año gravable fija UVT, tablas y tarifas.
Fuentes: las reglas del normograma citadas en cada renglón (revisión jurídica firmada por Jorge Ortega el 2026-09-27). Todo se calcula en tu navegador; nada se envía.
Cada canal se liquida dos veces con las reglas del año gravable: en la sociedad (el gasto deducible que genera, la renta líquida con las diferencias permanentes, el 35 %, la utilidad neta y la utilidad máxima que se reparte sin gravar) y en el dueño (formulario 210: rentas de trabajo con el 25 % exento y las cesantías exentas, honorarios con el 25 % exento y aportes sobre el 40 %, dividendos sumados a la cédula general con el descuento del 19 % sobre lo que supera 1.090 UVT y, si exceden la utilidad no gravada, el 35 % previo; deducciones dentro del 40 % y 1.340 UVT; tabla del artículo 241). El salario se pide como lo que el dueño recibe (salario más prestaciones) y se despeja el salario mensual; los aportes del empleador aplican la exoneración del artículo 114-1. La carga total suma impuestos y seguridad social (empleador y dueño); el valor para el dueño es la utilidad menos la carga, esté en su bolsillo o retenida en la sociedad. La mezcla recorre la fracción del retiro por salario de 0 a 100 % en pasos de 5 % con el resto por dividendo. La persona natural lleva toda la utilidad a su cédula general y cotiza sobre el 40 %. Diferir el dividendo trae el impuesto del dueño a valor presente a la tasa del caso; el 35 % de la sociedad ya está pagado. Supuestos declarados: el escenario de margen del curso B1, el retiro, la cotización del rentista de capital sobre los dividendos, la tasa de descuento y los años de diferimiento. La cláusula antiabuso y la primacía de la realidad son límites, no cifras. Es una simulación educativa; no es una declaración ni una asesoría.
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Informe financiero ejecutivoEl resumen de tus análisis con origen y fecha por dato, listo para exportar: el dividendo del expediente.