De la utilidad contable de Abastos del Caribe a la renta líquida y al impuesto: el estado de resultados del año desde el registro, las diferencias permanentes y temporales con su regla, el 35 %, los descuentos, la tasa mínima del 15 %, el saldo, el impuesto diferido, la pérdida fiscal y el dividendo no gravado. Elige el año, la vista y un escenario de margen para ver el mismo caso con utilidad. Liquida y explica; no asesora.
Pérdida contable antes de impuestos
-$ 401.735.280
margen bruto del 15,7%
Pérdida fiscal
-$ 362.283.688
permanentes $ 16.710.516; temporales $ 22.741.076
Impuesto neto de renta
$ 0
con pérdida fiscal no hay impuesto
El 35 % de la utilidad contable habría sido
$ 0
no hay utilidad sobre la cual calcularlo
Ventas, costo y nómina salen del registro de Abastos; los demás gastos son supuestos declarados del caso (se listan en la metodología).
| Ventas netas | $ 3.428.406.961 |
| Costo de ventascosto unitario × cantidad del registro | -$ 2.891.347.763 |
| Utilidad brutamargen del 15,7% | $ 537.059.198 |
| Gastos de personal (nómina con aportes) | -$ 663.951.561 |
| Arriendo de la bodega (al dueño) | -$ 58.500.000 |
| Servicios y transporte | -$ 41.140.884 |
| Depreciación contable$ 480.000.000 a 8 años | -$ 60.000.000 |
| Deterioro de cartera3% de $ 716.071.731 pendientes | -$ 21.482.152 |
| Gastos financieros | -$ 45.500.000 |
| Multas y sanciones | -$ 3.200.000 |
| Gravamen a los movimientos financieros | -$ 15.021.032 |
| Impuesto de industria y comercio | -$ 23.998.849 |
| Donaciones | -$ 6.000.000 |
| Utilidad (o pérdida) antes de impuestos | -$ 401.735.280 |
Multas, sanciones e intereses de mora
$ 3.200.000
Permanente: Se suman: la ley no acepta como deducción las sanciones ni los intereses de mora tributarios.
Gravamen a los movimientos financieros no deducible (50 %)
$ 7.510.516
Permanente: Solo la mitad del cuatro por mil es deducible; la otra mitad se suma.
Donaciones (no deducibles; dan descuento)
$ 6.000.000
Permanente: La donación no es deducible como gasto; a cambio da un descuento tributario del 25 %.
Depreciación contable por encima de la fiscal
$ 12.000.000
Temporal: La contabilidad deprecia a 8 años; la ley acepta como máximo la tasa fiscal anual: el exceso se suma hoy y se deduce después.
Deterioro de cartera por encima de la provisión fiscal
$ 10.741.076
Temporal: El deterioro contable solo es deducible hasta la provisión que la norma permite; el resto se difiere.
La conciliación fiscal de Abastos, año gravable 2025
Abastos del Caribe S.A.S., año gravable 2025, vista limpia, con el margen bruto del registro (15.7 %): pérdida contable de 401.735.280. Los gastos del caso que no salen del registro (arriendo, servicios, activos fijos, deterioro, deuda, multas, donaciones, el camión) son supuestos declarados.
Reglas a la fecha 2025-12-31: cada renglón cita la suya; pulsa el artículo para ver la fuente y su vigencia.
1.Utilidad (o pérdida) contable antes de impuestos
Ventas 3.428.406.961 menos costo de ventas 2.891.347.763 menos gastos de operación 938.794.478: el punto de partida de la conciliación.
2.Permanente: Multas, sanciones e intereses de mora
Se suman: la ley no acepta como deducción las sanciones ni los intereses de mora tributarios.
3.Permanente: Gravamen a los movimientos financieros no deducible (50 %)
Solo la mitad del cuatro por mil es deducible; la otra mitad se suma.
4.Permanente: Donaciones (no deducibles; dan descuento)
La donación no es deducible como gasto; a cambio da un descuento tributario del 25 %.
5.Temporal: Depreciación contable por encima de la fiscal
La contabilidad deprecia a 8 años; la ley acepta como máximo la tasa fiscal anual: el exceso se suma hoy y se deduce después.
6.Temporal: Deterioro de cartera por encima de la provisión fiscal
El deterioro contable solo es deducible hasta la provisión que la norma permite; el resto se difiere.
7.Total diferencias permanentes
Gastos que la ley nunca acepta: se suman a la renta y no vuelven.
8.Total diferencias temporales
Gastos que la ley acepta después: se suman hoy y generan un activo por impuesto diferido.
9.Pérdida fiscal
Utilidad contable más permanentes más temporales. Si es negativa, es pérdida fiscal compensable en los doce años siguientes.
10.Impuesto básico de renta (35 %)
Renta líquida gravable × 35 %; con pérdida fiscal, cero.
11.Descuento por donaciones (25 %)
25 % de lo donado, sin pasar del impuesto.
12.Descuento del IVA pagado en activos fijos reales productivos
IVA del camión comprado en 2025 (22.800.000), sin pasar del impuesto que queda; el resto se arrastra a años siguientes.
13.Tasa de tributación depurada (tasa mínima del 15 %)
Impuesto depurado 0 ÷ utilidad depurada 0: sin utilidad depurada, no aplica.
14.Impuesto neto de renta
Impuesto básico menos descuentos, más la adición de la tasa mínima si aplica.
15.Retenciones que le practicaron en el año
Los certificados de los clientes agentes (curso A4): anticipo que se resta.
16.Saldo a favor
Impuesto neto menos retenciones. Negativo: se imputa al año siguiente o se pide en devolución.
17.Activo por impuesto diferido reconocido en el año
Diferencias temporales × 35 % (más la pérdida fiscal × 35 % si la hay): impuesto que se recupera en años siguientes; reduce el gasto contable por impuesto.
18.Gasto contable por impuesto de renta (corriente más diferido)
Impuesto neto menos el activo por diferido reconocido: es lo que resta a la utilidad en el estado de resultados.
19.Tasa efectiva contable
Gasto contable por impuesto ÷ utilidad contable antes de impuestos; con pérdida, no se calcula.
20.Utilidad máxima distribuible como dividendo no gravado
Renta líquida gravable menos impuesto básico: lo que se reparte por encima es dividendo gravado para el socio.
Liquidación simulada con fines educativos sobre un caso ficticio; no es una declaración ni asesoría tributaria. Aviso legal
Tasa de tributación depurada
No aplica
sin utilidad depurada
Activo por impuesto diferido
$ 134.758.668
temporales $ 7.959.377; pérdida fiscal $ 126.799.291
Saldo a favor
$ 41.425.291
retenciones del año: $ 41.425.291
Dividendo máximo no gravado
$ 0
sin utilidad neta que repartir
Pérdida fiscal de $ 362.283.688: no hay impuesto este año y la pérdida se compensa con las rentas líquidas de los 12 años siguientes; la declaración con pérdida queda en firme a los cinco años.
Gasto contable por impuesto: -$ 134.758.668 (corriente $ 0 menos diferido $ 134.758.668); utilidad neta del año: -$ 266.976.612; tasa efectiva contable: sin utilidad.
El mismo Abastos con cuatro márgenes brutos: la utilidad contable, lo que daría el 35 % sobre ella y el impuesto neto real después de conciliar y descontar.
| Escenario | Utilidad contable | Renta líquida | 35 % de la utilidad | Impuesto neto real |
|---|---|---|---|---|
| El margen del registro (15,7%) | -$ 401.735.280 | -$ 362.283.688 | $ 0 | $ 0 |
| El margen presupuestado (22 %) | -$ 184.544.947 | -$ 145.093.355 | $ 0 | $ 0 |
| Un margen del 28 % | $ 21.159.471 | $ 60.611.063 | $ 7.405.815 | $ 0 |
| Un margen del 32 % | $ 158.295.750 | $ 197.747.342 | $ 55.403.513 | $ 44.911.570 |
Fuentes: las reglas del normograma citadas en cada renglón (revisión jurídica firmada por Jorge Ortega el 2026-09-27); datos sintéticos de Abastos del Caribe con supuestos declarados. Todo se calcula en tu navegador; nada se envía.
Estado de resultados: ventas netas = suma de las líneas de factura del año; costo de ventas = costo unitario × cantidad de cada línea (o ventas × (1 − margen) en un escenario); gastos de personal = costo total del empleador de la nómina del año; arriendo de la bodega = lo que el dueño declara como renta de capital; servicios y transporte = 1,2 % de las ventas; depreciación contable = activos fijos ÷ 8 años; deterioro contable = 3 % de la cartera pendiente al cierre; gastos financieros = deuda × tasa; gravamen a los movimientos financieros = 4 por mil de los pagos del año; ICA = 7 por mil de las ventas; multas y donaciones son supuestos fijos. Conciliación: permanentes = multas + 50 % del gravamen + donaciones (+ compras sin soporte en la vista cruda); temporales = depreciación contable por encima de la tasa fiscal máxima (10 % anual) + deterioro contable por encima de la provisión fiscal (50 % del contable, supuesto); renta líquida = utilidad contable + permanentes + temporales; impuesto básico = renta líquida gravable × 35 %; descuentos = 25 % de las donaciones + IVA de activos fijos reales productivos, sin pasar del impuesto; tasa mínima: si (impuesto neto + descuentos) ÷ (utilidad contable + permanentes) es menor que 15 %, se adiciona la diferencia; saldo = impuesto neto − retenciones del año; activo por impuesto diferido = (temporales + pérdida fiscal) × 35 %; gasto contable = impuesto neto − diferido; dividendo no gravado máximo = renta líquida gravable − impuesto básico. Toda tarifa y tope salen del normograma con su fuente y su corte. Es una simulación educativa con datos sintéticos; no es una declaración ni un consejo.
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